El tribunal determinó que la empresa de seguridad incumplió su contrato al no emitir alertas ante una intrusión, obligándola a pagar más de 2.000 UF por los daños provocados por el robo.
Una sentencia del Segundo Juzgado de Letras de La Serena puso el foco en las responsabilidades que tienen las empresas de seguridad frente a sus clientes. El tribunal condenó a ADT Security Services SA por no activar su sistema de alarmas durante un robo ocurrido en un local comercial del centro de La Serena.
El fallo acogió la demanda presentada por Reale Chile Seguros Generales SA, aseguradora que debió pagar la indemnización a PC Factory SA, tras el robo registrado el 31 de agosto de 2024. En total, la empresa de seguridad fue condenada a pagar 2.039,23 UF, monto equivalente a la compensación entregada por la aseguradora a la empresa afectada.
Según estableció la jueza Ghislaine Landarretche Sotomayor, ADT tenía la obligación contractual de emitir una alerta al detectar la presencia de personas ajenas en el local. Sin embargo, durante el robo, el sistema de alarmas de ADT no se activó, ni siquiera cuando los antisociales destruyeron la caja de control del sistema.
El fallo explica que fueron otros dispositivos de seguridad —cámaras y sensores de movimiento pertenecientes al sistema interno de PC Factory— los que detectaron la desconexión y permitieron avisar a Carabineros. El sistema contratado a ADT, en cambio, no generó ninguna señal de emergencia, pese a que el contrato exigía activar un protocolo especial ante una “caída total” del sistema.
Para el tribunal, este hecho constituyó un incumplimiento grave del contrato, ya que el servicio prestado por la empresa de alarmas es precisamente de carácter preventivo y disuasivo. Al no cumplir con esa función básica, la empresa quedó obligada a responder por los perjuicios económicos causados por el robo.
La sentencia resolvió acoger la demanda con costas, ordenando que ADT Security Services SA pague a la aseguradora el monto fijado, más reajustes e intereses, hasta que se haga efectivo el pago.
El caso resulta relevante para la Región de Coquimbo, ya que refuerza la idea de que las empresas de seguridad deben responder cuando los sistemas contratados no funcionan como corresponde, especialmente en hechos que afectan a locales comerciales y a la seguridad urbana.
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