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	<title>reglamento &#8211; Coquimbo Noticias</title>
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		<title>Gobierno cumple compromiso de mejorar el reglamento para la correcta aplicaci&#243;n de la Ley de 3 causales</title>
		<link>https://www.coquimbonoticias.cl/2025/07/14/gobierno-cumple-compromiso-de-mejorar-el-reglamento-para-la-correcta-aplicacin-de-la-ley-de-3-causales/23466</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Jul 2025 14:06:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[actualidad]]></category>
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					<description><![CDATA[En mayo, la Contraloría General de la República dio visto bueno a las modificaciones al reglamento de objeción de conciencia propuestas por el Ejecutivo. En <a class="mh-excerpt-more" href="https://www.coquimbonoticias.cl/2025/07/14/gobierno-cumple-compromiso-de-mejorar-el-reglamento-para-la-correcta-aplicacin-de-la-ley-de-3-causales/23466" title="Gobierno cumple compromiso de mejorar el reglamento para la correcta aplicaci&#243;n de la Ley de 3 causales">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><a href="https://www.coquimbonoticias.cl/wp-content/uploads/2025/07/image-image-image-image-15.png"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="278" height="334" title="image" align="left" style="margin: 0px 5px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="image" src="https://www.coquimbonoticias.cl/wp-content/uploads/2025/07/image-thumb-image-thumb-image-thumb-image-thumb-15.png" border="0"></a>En mayo, la Contraloría General de la República dio visto bueno a las modificaciones al reglamento de objeción de conciencia propuestas por el Ejecutivo. En tanto, el 26 de junio recién pasado venció el plazo de 30 días para presentar un requerimiento al Tribunal Constitucional (TC), sin que existiera ninguna impugnación.</p>
<p align="justify">El pasado 27 de mayo se publicó en el diario oficial el nuevo reglamento sobre objeción de conciencia, que regula la aplicación de la Ley 21.030 sobre Interrupción Voluntaria del embarazo en tres causales: riesgo para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación. </p>
<p align="justify">Con estas modificaciones, se busca asegurar que la legítima objeción de conciencia no limite el acceso a esta prestación en el sistema de salud, garantizando que las mujeres y niñas que se encuentran en alguna de estas tres causales no tengan que trasladarse entre centros, cambiarse de ciudad o recorrer regiones para ejercer un derecho ya consagrado por ley.</p>
<p align="justify">El plazo para recurrir al TC venció este 26 de junio, sin que se presentara ninguna acción, distinto a lo ocurrido el año 2017, cuando una vez aprobada la ley, parlamentarios recurrieron al organismo para frenar su implementación.&nbsp; De esta forma, el reglamento se consolidará como norma oficial. </p>
<p align="justify">“Esto representa un triunfo para la salud pública. Desde que la ley IVE comenzó a regir, hemos recibido numerosos testimonios de mujeres y niñas que han debido recorrer largos trayectos para encontrar un centro de atención, debido a que en algunos recintos el 100% de los médicos se declaraban objetores de conciencia. Este reglamento busca precisamente cambiar esa realidad, garantizando que todas puedan acceder a una atención oportuna, segura y eficiente, sin trabas ni demoras”, señaló la ministra Antonia Orellana, quien agregó que “es muy positivo que podamos dar cumplimiento cabal a una ley que fue aprobada hace varios años y que cuenta con un importante apoyo ciudadano, considerando que hay encuestas en que tiene un respaldo de un 73%”. </p>
<p align="justify">Por su parte la Seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Camila Sabando vega, señaló que &#8220;desde ahora los establecimientos de salud públicos y privados deberán informar sobre los derechos establecidos en la ley de tres causales, incluido el derecho a saber desde la primera atención si el médico es objetor o no. El reglamento, además, incluye el favorecer la presencia de personal no objetor en la distribución global de los turnos médicos. Con esto, el reglamento busca garantizar que todas las personas que se acojan a la interrupción voluntaria del embarazo por una de las tres causales, puedan ejercer su derecho adquirido y acceder a una atención digna y oportuna.&#8221;</p>
<p align="justify">¿En qué consiste el reglamento?</p>
<p align="justify">El reglamento busca garantizar el acceso efectivo a la interrupción voluntaria del embarazo en las tres causales establecidas por la Ley 21.030: riesgo para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación. Así, regula la objeción de conciencia, con el objetivo de garantizar que ninguna mujer o niña vea obstaculizado su derecho a acceder a esta prestación.</p>
<p align="justify">De esta forma las mujeres podrán conocer si quien las atiende es o no objetor de conciencia y los establecimientos de salud deberán mostrar visiblemente los derechos que otorga la ley y actualizar sus protocolos de reasignación y derivación, ajustándose a la norma que emitirá el Ministerio de Salud, procurando que la atención sea siempre oportuna, digna y sin costo adicional.</p>
<p align="justify">Es importante destacar que el reglamento no elimina la objeción de conciencia, sino que establece que la red pública de salud debe contar con personal suficiente que no sea objetor, para que en ningún caso se niegue el acceso a la atención. Actualmente, en Chile hay 3 hospitales públicos donde el 100% de los obstetras se declara objetor de conciencia. </p>
<p align="justify">Durante los 7 años de vigencia de la Ley IVE en 3 causales, se han constituido 6.249 casos de mujeres y niñas que han llegado a un centro de salud en una de las tres causales. El 85% de ellas ha decidido interrumpir su embarazo y el 15% continuarlo. La edad donde se constituyen más casos por ley IVE en la causal de violación son los 13 años. Es importante recordar que, en estos casos, los establecimientos de Salud están obligados a denunciar el delito de violación.</p>
<p align="justify">
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		<title>Nuevo reglamento de aguas grises permitir&#225; optimizar uso del recurso h&#237;drico</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 12 May 2024 20:21:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[agua]]></category>
		<category><![CDATA[aguas grises]]></category>
		<category><![CDATA[cambio climático]]></category>
		<category><![CDATA[escasez hídrica]]></category>
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					<description><![CDATA[Iniciativa impulsada por el Gobierno ya fue publicada en el Diario Oficial y en 180 días comenzará a regir&#160;&#160; La compleja situación hídrica que vive <a class="mh-excerpt-more" href="https://www.coquimbonoticias.cl/2024/05/12/nuevo-reglamento-de-aguas-grises-permitir-optimizar-uso-del-recurso-hdrico/18016" title="Nuevo reglamento de aguas grises permitir&#225; optimizar uso del recurso h&#237;drico">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><a href="https://www.coquimbonoticias.cl/wp-content/uploads/2024/05/whatsapp-image-2024-05-10-at-15.03.23.jpg"><img decoding="async" width="540" height="361" title="WhatsApp Image 2024-05-10 at 15.03.23" align="left" style="margin: 0px 5px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="WhatsApp Image 2024-05-10 at 15.03.23" src="https://www.coquimbonoticias.cl/wp-content/uploads/2024/05/whatsapp-image-2024-05-10-at-15.03.23-thumb.jpg" border="0"></a>Iniciativa impulsada por el Gobierno ya fue publicada en el Diario Oficial y en 180 días comenzará a regir&nbsp;&nbsp; </p>
<p align="justify">La compleja situación hídrica que vive la Región de Coquimbo y el cambio climático nos obliga a buscar nuevas formas de realizar un uso más eficiente del agua que dispone la zona. Por esto, en abril de 2022, se presentó el reglamento que norma las condiciones sanitarias básicas para la reutilización de las aguas grises.</p>
<p align="justify">Esta iniciativa nace como una manera de cautelar el agua disponible para las actuales y futuras generaciones, a través de alternativas que generen una nueva fuente del recurso y contribuyan a una gestión hídrica sustentable, en un contexto en que, hoy, el 68% del total de aguas servidas corresponde a aguas grises, incluidas las aguas de la cocina y a un 60 % sin considerarlas.</p>
<p align="justify">Sin embargo, el uso de este tipo de recursos conlleva riesgos sanitarios, los que se verán regulados a través de este reglamento, que estará a cargo de la Seremis de Salud regionales.</p>
<p align="justify">Al respecto, la Seremi de Gobierno, Paulina Mora, valoró la toma de razón de la Contraloría de esta iniciativa y su publicación en el Diario Oficial.</p>
<p align="justify">“Hace más de 15 años que nuestra Región de Coquimbo vive una situación de estrés hídrico que no da tregua. Por eso, vemos con alegría que ya esté publicado el reglamento y que la ciudadanía cada vez esté más interesada en optimizar el uso del agua y qué mejor que hoy contemos con un reglamento que permita desarrollar proyectos para la reutilización de las aguas grises, recursos que hoy son desechados y que pueden destinarse al riego de áreas verdes o a la recarga de artefactos sanitarios”, precisó la Vocera Regional, Paulina Mora.</p>
<p align="justify">Por su parte, la Seremi de Salud, Dra. Paola Salas, indicó que este marco normativo comenzará a regir desde el próximo mes de noviembre y que, sin duda, es un avance para gestionar el uso del agua, pero cautelando la salud de las personas.</p>
<p align="justify">“Esta norma nos va a permitir aprobar los proyectos y entregar autorización de funcionamiento, pero no sólo será para iniciativas que puedan desarrollarse en los hogares de las personas, sino que también podrán tomar esta opción los establecimientos comerciales y públicos. Gracias a este reglamento queremos que el reúso de aguas grises no signifique un retroceso en el logro alcanzado en la disminución de enfermedades gastroentéricas, sino que se convierta en un real aporte a la calidad de vida de las personas de nuestra región”, destacó la autoridad sanitaria.</p>
<p align="justify">La Dra. Salas acotó que el incumplimiento de las medidas presentes en el reglamento conlleva un sumario sanitario y sanciones que están previstas en el código sanitario.</p>
<p align="justify">MARCO NORMATIVO. A grandes rasgos, el Decreto N° 40 del Ministerio de Salud establece las condiciones sanitarias que deberán cumplir los sistemas de reutilización de aguas grises, así como los requisitos o antecedentes que se deberán acompañar a las solicitudes de aprobación del proyecto y autorización de funcionamiento, según corresponda, referidos al diseño, y operación de los referidos sistemas, ya sea que éstos se ubiquen dentro o fuera del territorio operacional de las concesionarias de servicios sanitarios.</p>
<p align="justify">Se determina que será responsabilidad del titular de la autorización de funcionamiento del sistema de reutilización de aguas grises, la calidad del agua tratada y su control desde los artefactos sanitarios en que se generan y hasta su reutilización para los usos autorizados, así como también de la operación y mantención del sistema de reutilización de aguas grises.</p>
<p align="justify">Así, el solicitante de la aprobación de proyecto o de la autorización de funcionamiento del sistema de reutilización de aguas grises deberá presentar a la Autoridad Sanitaria respectiva, el título que acredite el dominio o, en su defecto, justificar la posesión o mera tenencia del inmueble en que se emplazará el sistema, que lo habilite para realizar esta solicitud.</p>
<p align="justify">Todo sistema de reutilización de aguas grises deberá contar con un proyecto aprobado por la Autoridad Sanitaria respectiva. Asimismo, toda modificación que se realice sobre el proyecto aprobado, que afecte la calidad de las aguas tratadas, el sistema de tratamiento o las condiciones de reúso, deberá contar con la aprobación de dicha Autoridad Sanitaria.</p>
<p align="justify">Para la solicitud de aprobación del proyecto del sistema de reutilización de aguas grises deberá contener los antecedentes que se indican en el decreto, distinguiendo si se trata de un sistema de reutilización de aguas grises domiciliarios de menor tamaño; Sistemas de reutilización de aguas grises domiciliarios (distintos a los de menor tamaño) y domiciliarios colectivos; Sistemas de reutilización de aguas grises de interés público.</p>
<p align="justify">Una vez emitida la resolución de aprobación de proyecto y luego de ejecutada la obra, previo a la entrada en funcionamiento del sistema de reutilización de aguas grises, éste deberá contar con la autorización sanitaria de funcionamiento otorgada por la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Salud.</p>
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