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		<title>Dictamen garantiza a hombres trans embarazados todos los derechos laborales de las mujeres gestantes</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Feb 2022 03:20:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sociedad]]></category>
		<category><![CDATA[derechos]]></category>
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					<description><![CDATA[Un nuevo dictamen de la Dirección del Trabajo garantiza a los hombres trans embarazados los mismos derechos que a las mujeres gestantes, “con lo cual <a class="mh-excerpt-more" href="https://www.coquimbonoticias.cl/2022/02/20/dictamen-garantiza-a-hombres-trans-embarazados-todos-los-derechos-laborales-de-las-mujeres-gestantes/8207" title="Dictamen garantiza a hombres trans embarazados todos los derechos laborales de las mujeres gestantes">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><a href="https://www.coquimbonoticias.cl/wp-content/uploads/2022/02/20220219173310.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="318" height="240" title="20220219173310" align="left" style="margin: 0px 12px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="20220219173310" src="https://www.coquimbonoticias.cl/wp-content/uploads/2022/02/20220219173310_thumb.jpg" border="0"></a>Un nuevo dictamen de la Dirección del Trabajo garantiza a los hombres trans embarazados los mismos derechos que a las mujeres gestantes, “con lo cual comenzó a operar en la práctica uno de los más significativos artículos de la ley de matrimonio igualitario”, destacó el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).</p>
<p align="justify">Firmado por el jefe del Departamento Jurídico y Fiscal de la Dirección del Trabajo, Juan Terrazas Ponce, el dictamen 147/2022 establece que “el trabajador trangénero masculino en estado de embarazo tiene derecho a las garantías que otorgan todas las normas protectoras de la paternidad, maternidad y vida familiar reguladas&nbsp; en el Título II del Libro II del Código del Trabajo resultando por tanto obligatorio para el empleador (…) proveer el mismo trato conferido a las trabajadoras mujeres en dicho estado”.</p>
<blockquote>
<p align="justify">De esta manera “el Estado está reconociendo que tanto hombres, como mujeres pueden embarazarse y que ambos grupos merecen igualdad legal, al margen de su identidad de género, lo cual es un avance de gran relevancia que, de paso, reconoce la diversidad familiar”, señaló el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.</p>
</blockquote>
<p align="justify">Añadió que en la práctica, “esto significa que los padres trans tienen derecho a ser contratados o a&nbsp; permanecer en su trabajo al margen de su estado de gravidez. También tienen derecho a descanso de se seis semanas antes del parto y doce semanas después de él, así como a permisos o subsidios en caso de enfermedad del hijo/a o provocada por el embarazo. Además, si el padre fallece, sus derechos laborables serán traspasables a su pareja si que la misma está cargo del cuidado del hijo/a”.</p>
<p align="justify">El nuevo dictamen tuvo como sustento los derechos garantizados en la Ley 21.220 sobre identidad de genero y “muy especialmente los consagrados en la Ley 21.400 sobre matrimonio igualitario, donde después de una ardua lucha y campañas conseguimos&nbsp; que se reconociera la igualdad laboral para todas las personas gestantes, al margen de su&nbsp; sexo, identidad de género u orientación sexual. Nos alegra los importantes efectos que está teniendo desde ya el matrimonio igualitario”</p>
<p align="justify">En efecto, la ley de matrimonio igualitario establece que “los derechos que corresponden a la madre trabajadora referidas a la protección de la maternidad regulados” en el Código del Trabajo, “serán a aplicables a la madre o persona gestante con independencia de su sexo registral por identidad de género. A su vez, los derechos que se otorgan al padre del presente título también serán aplicables al progenitor no gestante”.</p>
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		<title>Servel lanza protocolo para respetar sexo y nombre social de personas trans durante el plebiscito</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 21 Oct 2020 13:24:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[movilh]]></category>
		<category><![CDATA[plebiscito]]></category>
		<category><![CDATA[Servel]]></category>
		<category><![CDATA[trans]]></category>
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					<description><![CDATA[La iniciativa, surgida tras un acuerdo entre el Movilh y el Servel, busca garantizar la igualdad y la no discriminación de aquellas personas trans que <a class="mh-excerpt-more" href="https://www.coquimbonoticias.cl/2020/10/21/servel-lanza-protocolo-para-respetar-sexo-y-nombre-social-de-personas-trans-durante-el-plebiscito/4185" title="Servel lanza protocolo para respetar sexo y nombre social de personas trans durante el plebiscito">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><a href="https://www.coquimbonoticias.cl/wp-content/uploads/2020/10/www.coquimbonoticias.cl-www.coquimbonoticias.cl-banderamovilh.jpg"><img decoding="async" title="banderamovilh" style="margin: 0px 7px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" border="0" alt="banderamovilh" src="https://www.coquimbonoticias.cl/wp-content/uploads/2020/10/www.coquimbonoticias.cl-www.coquimbonoticias.cl-banderamovilh_thumb.jpg" width="409" align="left" height="273" /></a>La iniciativa, surgida tras un acuerdo entre el Movilh y el Servel, busca garantizar la igualdad y la no discriminación de aquellas personas trans que no han cambiado su nombre y sexo social y/o, habiendo efectuado el trámite, no alcanzaron a actualizarse sus datos en&#160; el registro electoral.</p>
<p align="justify">Protocolo aquí: <a href="https://www.movilh.cl/wp-content/uploads/2020/10/protocolo-servel-trans-plebiscito-movilh.pdf">https://www.movilh.cl/wp-content/uploads/2020/10/protocolo-servel-trans-plebiscito-movilh.pdf</a></p>
<p align="justify">El Servicio Electoral (Servel) lanzó hoy un protocolo de actuación para respetar el sexo y nombre social de las personas trans, tras trabajos conjuntos y un acuerdo alcanzado entre el presidente de la entidad, Patricio Santamaría, y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)</p>
<p align="justify">La vocera del Movilh, Daniela Andrade, explicó que “hay unas 210 personas que rectificaron su partida de nacimiento, pero sus datos no alcanzaron a ser incluidos al cierre de la actualización del registro electoral, por lo que habrá discrepancias entre lo indicado en la cédula que presenten al momento de votar y el nombre y sexo que aparece en el listado al cual acceden los vocales de mesa. A esto se añade, que hay otras personas trans que no han rectificado su partida de nacimiento. Con el protocolo, se pretende garantizar la dignidad en el trato a ambos sectores”.</p>
<p align="justify">Junto a ello, el protocolo define conceptos como identidad de género expresión de género, personas trans o transgéneros y “sexo asignado al nacer”, además de explicitar todos los derechos garantizados en la Ley de Identidad de Género y en la Ley Zamudio.</p>
<p align="justify">“Valoramos profundamente que el Servel, y el señor Santamaría, atendiera en breve nuestras sugerencias y preocupaciones en beneficio de la población trans, a la cual invitamos a votar sin miedos el próximo domingo”, añadió la activista trans del Movilh, Paula Dinamarca</p>
<p align="justify">En tanto, el vocero del Movilh, Óscar Remenería, apuntó que “llamamos a todas las personas LGBTI a votar por una nueva Constitución vía Asamblea Constituyente. Ese, a nuestro entender y el de la la mayoría del país, es el camino para erradicar las desigualdades estructurales que afectan a muchos sectores de la población, como el nuestro”.</p>
<p align="justify"><b>Protocolo para quienes rectificaron su partida de nacimiento</b></p>
<p align="justify">Para quienes rectificaron su partida de nacimiento, pero sus datos no se actualizaron en el registro electoral, el Servel entregará la respectiva nómina al delegado del local de votación.</p>
<p align="justify">El delegado de local “deberá informar al Presidente/a de la Mesa Receptora de Sufragios que tiene un caso o más de personas con cambio de sexo registral, con objeto de que tenga en consideración un trato digno, igualitario y libre de discriminación cuando acuda el elector/a.”, indica el protocolo</p>
<p align="justify">“En ningún caso, el/la delegada/o del local revelará las identidades específicas de la/s persona/s que cambiaron su nombre y sexo registral. Se instruirá al Presidente de dicha/s Mesa/s que debe asegurar que todos los vocales den un trato digno, igualitario y libre de discriminación cuando acuda el/la elector/a trans a sufragar, en virtud del artículo 5, letra d de la ley 21.120. Además, les recordará a todos los/las presentes que debe tratar a la/el elector/a con su nombre social y pronombres preferidos, ya que no hacerlo importa un acto de discriminación por identidad o expresión de género, en virtud del artículo 2 de la ley 20.609. Así mismo, ningún vocal o apoderado divulgará a terceras personas ni a medios de comunicación sobre la/s causa/s que motivaron la realización de esta verificación de identidad”, añade el protocolo.</p>
<p align="justify">“En caso de duda razonable, acerca de la identidad del elector/a,&#160; un vocal acompañará a la persona a la oficina electoral, donde se encuentra el experto en identificación&#160; del Servicio de Registro Civil e Identificación, quien<s>es</s> estará en conocimiento, en forma previa de, en qué mesas se pudiesen presentar electores con cambios registrales. Realizado el peritaje, el vocal acompañará al elector/a a la mesa para que, admitido a sufragar, emita su voto”, apunta el Servel.</p>
<p align="justify">Protocolo para quienes no han rectificado su partida de nacimiento.</p>
<p align="justify">Rementería explicó que “en ningún caso las personas trans que no cambiaron su nombre y sexo social, podrán tener problemas o ser discriminadas al momento de votar. Ahora bien, si y solo o sí un vocal de mesa tiene fundadas y justificadas sospechas que la fotografía de la cédula no corresponde con quien tiene enfrente, se deberá activar un protocolo que al instante garantice los derechos trans”.</p>
<p align="justify">En efecto, en el caso de que exista&#160; fundadas sospechas de <b></b>“discordancia entre la fotografía de la cédula y la apariencia actual”, la validación de la identidad debe procurar <b>“</b>en todo momento, la no exposición del elector/a, dando un trámite expedito y sin discriminación a la situación”, instruye el Servel.</p>
<p align="justify">“El/la Presidente de la mesa le explicará al/la elector/a sobre la necesidad de realizar la verificación de identidad prevista en el artículo 69 de la ley 18.700, señalándole que un vocal le acompañará a la oficina electoral, donde se encuentra el experto en identificación del Servicio de Registro Civil e Identificación: ningún vocal o apoderado divulgará a terceras personas ni a medios de comunicación sobre la/s causa/s que motivaron la realización de esta verificación de identidad”, señala.</p>
<p align="justify">“Un vocal acompañará a la persona a la oficina electoral para que el experto del Servicio de Registro Civil e Identificación certifique la identidad. Una vez realizada la certificación, el vocal acompañará al elector/a para que emita su voto”, apunta el protocolo, junto con enfatizar que en todo momento se “deberá garantizar un tratamiento igualitario, digno, sin discriminación y facilitando la solución”.</p>
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