Corte Suprema ordena desalojo en La Serena y pide resguardo social para familias en riesgo por alta tensión

image (28)El máximo tribunal instruyó el desalojo de personas que habitan en una franja eléctrica de Interchile S.A., subrayando el peligro vital que enfrentan quienes viven bajo líneas de alta tensión. La resolución exige que el procedimiento se realice con medidas de apoyo y acompañamiento social.

La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por la empresa Interchile S.A. y ordenó el desalojo de un grupo de personas que habita en un terreno de La Serena con servidumbre eléctrica, advirtiendo el riesgo que supone vivir tan cerca de una línea de alta tensión.

El fallo —que revocó una resolución previa de la Corte de Apelaciones de La Serena— destacó que la presencia de viviendas y construcciones en la denominada faja de protección no solo vulnera el derecho de propiedad de la empresa, sino que expone a las familias a un riesgo vital.

“La ocupación de esa faja de terreno por parte de los recurridos implica un riesgo para las personas que se encuentran en el lugar”, señaló Interchile en su presentación ante los tribunales.

La compañía también advirtió las graves consecuencias que puede generar el contacto con líneas de alta tensión: “Al instalar construcciones en la denominada ‘faja de protección’ de la servidumbre, se exponen a heridas de entrada y salida, quemaduras en la piel e incluso en órganos internos, contracturas musculares, fracturas óseas e incluso la muerte”.

El máximo tribunal determinó que la acción fue presentada dentro del plazo legal y estableció que los ocupantes sí participaron en la situación al suscribir promesas de compraventa sobre el terreno afectado.

En su resolución, la Corte Suprema recordó que la Ley General de Servicios Eléctricos prohíbe realizar construcciones u obras que impidan el uso de una servidumbre eléctrica, y que el titular de ésta puede exigir su restitución.

Sin embargo, el tribunal ordenó que el desalojo se ejecute en un plazo de dos meses con medidas de resguardo social, considerando la vulnerabilidad de las personas que habitan el lugar y la necesidad de que las instituciones competentes aseguren un acompañamiento adecuado.

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